domingo, 13 de abril de 2014

De cómo una reforma en el marco de la ley 30 SÍ contribuye a la solución de la crisis de la UD y a la lucha nacional por una nueva educación

En el marco de la construcción de una real reforma orgánica de la universidad distrital y la propuesta de la constituyente como mecanismo para lograrla surgen algunas dudas, en esta ocasión nos centraremos específicamente en una ‘’Ninguna reforma en el marco de la ley 30 soluciona la crisis de la UD’’. ¿Qué tan cierto es esto? Para solucionar esta duda intentaremos explicar en las palabras más claras y concretas la respuesta a esta. Lo primero que haremos será plantear algo inherente al sentido común; primero se barre la casa antes de barrer la calle, si el acuerdo 008 no es mas que la expresión local y a menor escala de la Reforma a la Ley 30 ¿no es acaso lo mas coherente hacerle frente desde una reforma local por la educación gratuita y de dignidad, que nos permita avanzar hacia la lucha por la misma causa con mas garantías a nivel nacional?. Es obvio que el actual modelo de educación en Colombia está regido por una ley 30 que no busca más  que privatizar a como dé lugar la educación pública en Colombia y alejarla totalmente a sus fines sociales y populares, sin embargo dentro de su marco legal deja abiertas las puertas a la Autonomía Universitaria para reformar según le convenga a su comunidad académica sus estatutos, organización,  programas académicos, entre otros… el problema que vivimos hoy como Universidad Distrital en cuanto a corrupción, clientelismo, falta de bienestar, presupuesto, espacios democráticos y dignidad estudiantil no es un problema de ahorita, es algo que viene recrudeciéndose desde aquellos días en que los Hermanos San Juan proponían como medio de agremiación estudiantil de las bases la construcción de los Consejos Estudiantiles. Si bien hay una ley 30 neoliberal impuesta, que arremete día a día con la posibilidad de tener un país con democracia, soberanía y paz, quedarnos cruzados de brazos y dejar que el acuerdo 008 siga, en vez de aprovechar este momento para enfocar toda la indignación en organización estudiantil desde las bases y por medio de esta transformar la UD con una reforma orgánica incluyente de todos los sectores (estudiantes, profesores, trabajadores, egresados, pensionados y demás) plasmada a través de la constituyente universitaria no sería más que una postura llena de sesgos ideológicos.

Se nos responderá tal vez que las otras propuestas son el PARO para tumbar la reforma y el impulso de la ley alternativa de educación de la MANE, pero ‘’quien no conoce su historia tiende a repetirla’’, si bien saludamos toda la organización y movilización producida por la MANE en el 2011 y la caída de la Reforma a la ley 30 por medio del gran paro nacional estudiantil, no dejamos de lado la oportunidad para hacer las respectivas críticas y aprender de ello. En ese entonces aparte de impulsar como bandera de lucha que cayera la Reforma a la Ley 30 y la construcción de una ley alternativa de educación, también estaba la desmilitarización de los campus universitarios, la condonación de deudas del icetex, pago del déficit presupuestal, y otras más que nunca llegaron a cumplirse debido al descuido que hubo hacia las reivindicaciones locales, la perdida de vista y horizonte político por radicalismos y muchas cosas más que se ven plasmadas hoy en la AUSENCIA DE LEY ALTERNATIVA DE EDUCACIÓN PARA UNA COLOMBIA CON SOBERANÍA DEMOCRACIA Y PAZ de la MANE que al día de hoy no figura por ningún lado (esto no implica abandonar todo el trabajo académico y político de dicho escenario, sino construir más bien desde sus falencias y fortalecerlo desde la crítica y autocrítica), a este punto de la discusión ya sabemos que la tal ley alternativa es inexistente y que no podemos escudarnos en ella como bandera de lucha local para solucionar los problemas de la UD; si bien podemos usarla como acumulado legítimo para la discusión a la hora de fortalecer organizativamente la movilización del estudiantado de la UD, en el marco legal el apoyo de dicho acumulado a la construcción de una reforma orgánica para la comunidad académica en su conjunto es nulo.

Quedaríamos entonces entre la constituyente o el PARO y aquí viene lo importante de hacer memoria y aprender de ello, ¿Qué nos dejó  ‘’transformar la ley de educación neoliberal en una ley para el pueblo ‘’ bandera  de lucha del gran PARO NACIONAL ESTUDIANTIL del 2011?, más allá de una suerte de sin sabores entre el movimiento estudiantil en su conjunto, la caída de la Reforma a la ley 30 y la ausencia de una Ley Alternativa que nos daba la posibilidad de dar educación a nuestro pueblo, nos dejó la enseñanza de que en momentos como este en la Universidad Distrital se debe re plantear la táctica, el PARO está muy bien y no nos negamos a usarlo; pero hay una gran diferencia entre un ‘’PARO contestatario‘’ como el del 2011 y a lo que nos vemos avocados hoy, un ‘’PARO constructivo’’ ¡Claro que es necesario ir a PARO! pero luego de tener la capacidad organizativa de los consejos estudiantiles por proyecto curricular en cada facultad, desde los cuales se originen pliegos de exigencias locales que unidos nos brinden pliegos de facultad y finalmente un pliego unificado como Universidad Distrital, sumado a la Consultiva del 2008 (Que nunca llego a ser constituyente por que no se poseía lo anteriormente mencionado, ni había una unidad tan clara entre los estamentos como la que muestra hoy la Multiestamentaria hacia la Constituyente Universitaria) como elemento de discusión del movimiento estudiantil y contrapropuesta del antidemocrático Acuerdo 008… ¿Tenemos hoy en día esa capacidad de organización? ¿El constituyente primario (o sea el estudiantado) conoce como se da una Constituyente y el por qué esta es la propuesta más razonable para refundar nuestra universidad? Tal vez no en su mayoría, pero estamos avanzando hacia ella de forma muy clara como lo muestran los procesos de la Facultad de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la de Ciencias y Educación, la de Ingenierías, la Tecnológica y la ASAB (que empieza desde ya su proceso de construcción desde las bases en Consejos Estudiantiles en la unidad con la Multiestamentaria y dentro de esta con la Coordinadora Estudiantil), pero que siendo autocríticos saben que aún no tienen la capacidad suficiente para imponer una Constituyente Universitaria necesitando un poco más de tiempo para tener un consolidado fuerte y preciso que por medio de la movilización popular y el PARO (teniendo ya todo preparado en la unidad política y de acción) daría frutos, siendo críticos planteamos diferencias con la propuesta contestataria que se reduce a un PARO en la UD que busca simplemente la caída del acuerdo 008 y seguir tal como estamos, sin ninguna propuesta más de transformación, que negarnos la posibilidad de encausar toda esta indignación hacia la construcción de una reforma democrática por medio de la Asamblea Constituyente Universitaria.

Ahora quedaran algunxs que alegaran que es inviable la construcción de una reforma local en el marco de la ley 30 cobijada en artículos de la misma ley, pero este ‘’argumento’’ es tan bueno como deslegitimar las Zonas de Reserva Campesinas una figura de ordenamiento territorial que busca entregarles a campesinos de escasos recursos tierras que son del Estado y que no se están aprovechando (como la que se está construyendo en el Catatumbo producto de la lucha organizada plasmada en un PARO de más de 1 mes el año pasado que tenía unas claras exigencias; y aquí se ve la diferencia entre ir a un PARO sin preparar nada, e ir a un paro con unas exigencias y propuestas bien claras) que está amparada en las ley 160 de 1994 en el marco de una agricultura neoliberal, en un país que hace 60 años reclama una reforma real dirigida al campesinado. O despreciar el mecanismo de la acción de Tutela amparada también en la Constituyente de Colombia artículo 86 de 1991 en el marco de una Ley 100 que ha matado más colombianos que el conflicto social y armado interno.

Negar la Constituyente como mecanismo de transformación y reforma no es más que la falta de visión política al no entender que la lucha se da armónicamente entre lo local y lo nacional; que al lograr ampliar las posibilidades democráticas, de bienestar, de presupuesto, de infraestructura, planeación y otras más a nivel local brindaremos insumos, esperanza y enseñanzas para dar una lucha a nivel nacional, como hoy se ve con sectores estudiantiles que ya empiezan a pedir una Constituyente Universitaria en la Universidad Nacional, la Universidad Pedagógica Tecnológica de Tunja, la Universidad Pedagógica Nacional, la Universidad de Pamplona  y también las universidades privadas como lo son la universidad Autónoma y la Universidad Libre entre muchas otras que de contar con éxito la Constituyente Universitaria en la Universidad Distrital podría terminar en un ejemplo para todas las anteriores y la búsqueda de una gran Asamblea Nacional Constituyente Universitaria que busque subsanar los vacíos de la ley alternativa de educación de la MANE y refrendar sus acumulados políticos y académicos en la búsqueda de una universidad al tamaño de nuestros sueños.

Para no dejar vacíos y mostrar que nos quedamos meramente en el ‘’discurso político’’ traemos a colación una de las propuestas de Constituyente Universitaria que se dieron en el 2007 en el marco de la Asamblea Consultiva:

¿Por qué la Constituyente Universitaria?


La autonomía universitaria, consagrada en la Constitución Nacional, busca dar a la universidad entendida como la comunidad universitaria (profesores, investigadores y estudiantes), un espacio libre de influencias para cultivar el más alto conocimiento de una sociedad, siendo estos el constituyente primario, como lo es el pueblo en el caso de un país.

Parte de la crisis de la universidad, es la crisis de credibilidad, que ha llevado a que gran parte de nuestra comunidad no crea en soluciones y propuestas y haya decido dejar a la universidad a su propia deriva. Hay crisis de credibilidad y de confianza que toca a todos los niveles, desde el Consejo Superior hasta los niveles menores de decisión. Así que dar participación, abrir la discusión facilitando el espacio, los materiales y el tiempo, no son suficientes si los universitarios no se les invita a participar también de las decisiones más importantes en la vida de esta universidad.

Por otra parte, debemos acudir a la sabiduría de esta comunidad, real depositaria de la autonomía universitaria, para que platee soluciones, decida sobre las mismas y se comprometa en construirlas.



UNIVERSIDAD DISTRITAL “FRANCISCO JOSE DE CALDAS”
CONSEJO SUPERIOR UNVIERSITARIO


(Abril 26 de 2007)

 “Por el cual se convoca la ASAMBLEA CONSTITUYENTE  y por su intermedio se adopta un nuevo estatuto orgánico para la Universidad Distrital Francisco José de Caldas”

El Consejo Superior de la Universidad Distrital Francisco José d Caldas, en uso de sus facultades legales  establecidas por la Constitución Nacional  en el artículo 69, ley 30 y demás normas relacionadas y las  estatutarias vigentes y,

CONSIDERANDO:


Que  la Constitución Nacional vigente en el artículo 69 garantiza a las universidades la autonomía universitaria para darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos de acuerdo con la ley.
 Que por ley 30 de 1992 y en especial los artículos 3º el estado garantiza la autonomía universitaria y el artículo 29º  reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar las autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional; el  artículo 57º de la misma ley habla del régimen especial para las universidades estatales u oficiales como entes universitarios autónomos con régimen especial, que dice en texto “El carácter especial del régimen de universidades estatales u oficiales comprenderá la organización y elección de directivas, del personal docente y administrativo...”.

Que la comunidad universitaria tiene la voluntad de modificar sustancialmente el estatuto orgánico, por que son evidentes las deficiencias del régimen vigente y la necesidad de modernizar normas y procesos a las nuevas condiciones y necesidades de la Universidad Distrital.

Que el acuerdo 07 de julio de 2002 establece como que la visión de la UDFJC, en su condición de Institución de Educación Superior de carácter estatal, popular, democrática, ha de ser un centro de producción del saber en busca de la investigación y la innovación.

Que  por jurisprudencia de  la corte Constitucional T/492/92, José Gregorio Hernández, dice que: “En ejercicio de su autonomía las universidades gozan de libertad para determinar cuales habrán de ser sus estatutos; definir su régimen interno; estatuir los mecanismos referentes a la elección, designación y periodos de sus directivos y administradores;.. En síntesis, el concepto de autonomía universitaria implica la consagración de una regla general que consiste en la libertad de acción de los centros educativos superiores, de tal modo que las restricciones son excepcionales y deben estar previstas en la ley, según lo establece con claridad el Artículo citado”.

Que la autonomía universitaria es comprendida en la comunidad universitaria y los universitarios como constituyentes primarios y la correspondencia con las demandas de educación superior de una determinada sociedad referenciada históricamente y la misión institucional y la necesidad de desarrollo de procesos de participación democrática para efectos de consultar la sabiduría y la voluntad de la misma

ACUERDA


Artículo Primero: Convocar la ASAMBLEA CONSTITUYENTE integrada por el Consejo Superior, los profesores, los estudiantes, los trabajadores, el gobierno del Distrito Capital y la comunidad, cuyos integrantes, duración, alcances quedan fijados en los siguientes artículos.

Artículo Segundo: Son funciones de la asamblea constituyente: a.- Organizar su propio trabajo con un calendario objetivo y adoptar su propio reglamento. b.- Nombrar  de su seno un coordinador, los relatores que considere necesarios y las comisiones o sub-comisiones que estime. c. Elaborar u organizar los insumos necesarios para sus deliberaciones. 

d. Adoptar el nuevo Estatuto General de la Universidad Distrital.



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